jueves, 10 de septiembre de 2009

“PRISIÓN PERPETUA PARA VIOLADORES Y ASESINOS” MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 34 DE LA CONSTITUCIÓN.


REALIDAD: VIDAS Y ROSTROS DE NIÑOS Y NIÑAS VÍCTIMAS

Los casos que se presentan a continuación sucedieron tan solo en los últimos 5 años, entre el 2004 y lo corrido del 2009 y se encuentran debidamente documentados. Se podrían ocupar todos los folios de esta exposición de motivos y cientos más, describiendo tan solo algunos de los miles de casos conocidos y denunciados de niñas y niños que han sido víctimas de los más atroces tratos, como asesinados en episodios de violencia sexual o violados y explotados sexualmente.Todos los casos que se presentan tienen dolorosamente algo en común, ya no hay nada que hacer, porque los efectos para las víctimas son irreversibles, por que las consecuencias dejaron irreparables daños físicos y/o psicológicos para las víctimas. El dolor nunca prescribe, pero sí los delitos.

Quedan la gran mayoría, los cientos de miles más que están en silencio, no se han denunciado y ni siquiera conocemos.
Para evidenciar esta problemática, se presentan a continuación un resumen de algunos hechos conocidos y denunciados, que hoy hacen parte de las frías estadísticas:
CASOS DE NIÑAS Y NIÑOS ASESINADOS EN EPISODIOS DE VIOLENCIA SEXUAL
· 2006. En Bogotá, SAYDE de 4 años fue asesinada en un episodio de violencia sexual múltiple, cometido por su padrastro junto con otros sujetos, con el consentimiento de la madre.
· 2004. El 4 de diciembre en Bogotá KATERINE una niña de 9 años fue secuestrada, violada y asesinada. El proceso de investigación duró año y medio. Casi 4 años después se profirió condena y a la fecha el asesino no ha sido capturado.

CASOS DE NIÑAS Y NIÑOS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
· 2008. El 16 de enero en Bogotá fue capturado un hombre con 2 condenas por delitos de violencia sexual contra menores de edad y que por rebaja de penas en la última condena, salió libre en agosto y en diciembre atacó a otras 6 menores de edad.
· 2007. Después de un año de los hechos en Bogotá fue capturado y condenado a 17 años un hombre acusado de abusar sexualmente a varias menores de edad. En su poder se encontraron videos, fotografías y CD´s en las que aparecían niñas desnudas.
· 2006. el 9 de septiembre en Bogotá, un Pastor Cristiano que durante tres años había violado a su hija de 14 años. La condena de 200 meses de prisión, pero fue reducida a 8 años, por la confesión. El abogado defensor pidió la casa por cárcel. Es decir la casa donde vive la víctima.
· 2006. El 24 de enero en Bogotá fueron capturados la “mamá” y el padrastro de una niña de 2 años que fue violada y maltratada por este con el consentimiento de la “mamá”. Testigos dijeron que la niña era sometida a permanentes maltratos. El padre de la niña “pactó” con el padrastro una indemnización por $10 millones de pesos y luego arreglaron por $5 millones. La condena fue de 11 años.


CASOS DE NIÑAS Y NIÑOS VÍCTIMAS DE EXPLOTACIÓN SEXUAL
· 2008. En Bogotá el 18 de julio un violador aceptó que pagaba $50.000 a la “mamá” y al padrastro de dos niñas menores de edad, una de ellas de 11 años, para violarlas. La “mamá” es una explotadora sexual que además extorsionaba al violador. Los familiares del violador solicitaron tener consideración con él porque tiene 65 años.
· 2006. El 14 de septiembre en Bogotá fue el primer juicio contra la “madre” de dos niñas de 12 y 13 años que las explotaba sexualmente. Los hechos sucedieron en el Barrio Santa Fe y en el lugar fueron encontradas 10 menores más.

LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS: A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL DE LOS NIÑOS Y NIÑAS.
Uno de los síntomas en nuestro país, que nos permite evidenciar la poca rigurosidad y atención a los temas de la infancia, es el caótico escenario del manejo de la información para el reporte y seguimiento de los casos denunciados. Cada una de las entidades que por sus funciones deben relacionarse en cualquier momento con los casos, reportan unas cifras que en ningún momento coinciden unas con otras.En las tablas que se muestran se encuentran que los datos son muy diferentes entre las instituciones, sin que exista un solo esfuerzo de carácter oficial que permita coordinar toda la información y realizar un seguimiento estricto de los casos. Esto significa que resulta imposible graficarle y cuantificarle a la ciudad de una manera más técnica y exacta, la dimensión del problema que estamos abocando.
De otra parte, los delitos de violación y explotación sexual, que no son denunciados por la edad misma de la víctimas, o porque son cohonestados por miedo o indolencia del medio familiar y social del menor, y sobre estos existe un sub-registro evidente. No obstante existen estimativos serios que nos permiten visualizar la dimensión cuantitativa del problema.Así mismo, lamentablemente en Bogotá y nuestro país delitos como violación y explotación sexual son episodios recurrentes y cotidianos. A esa problemática no escapa ningún estrato socio económico. Existen unos elementos que hacen que esos delitos tengan realidades que los hacen aun mas graves, sobre lo que debemos reaccionar y actuar de manera inmediata. Veamos:
· Cerca de 85% de los abusadores sexuales son familiares o conocidos de los niños.
· El 87% de estos delitos se cometen en las ciudades y 7% en las zonas rurales.
· El 90% de las personas que abusan a los menores tiene algún tipo de formación.
Fuente: El abuso sexual. Medicina Legal. 2006
Esa cercanía y en la mayoría de los casos el conocimiento de los agresores por parte de las víctimas, hace que para los delitos de la violencia sexual contra niños y niñas menores de 14 años tengamos las siguientes alarmantes estadísticas y realidades:
· El 70% de los delitos se cometen en la casa de habitación del menor.
· El 7% en la casa de habitación del agresor.
· El 4%en colegios y jardines infantiles.
· El 4% en el espacio público.
· El 9% en otros lugares.
Fuente: El abuso sexual. Medicina Legal. 2006
Algunos de los datos consolidados que se presentan a continuación revelan que la situación relativa a la vulneración de los derechos de los niños y niñas es alarmante, vergonzosa y dolorosa:
· Tan solo en los primeros 12 días de enero de 2007 se conoció por los medios de comunicación que 39 niños fueron víctimas de maltrato severo y/o abuso sexual. Esto quiere decir que cada 6 horas un niño o niña fue víctima de hechos delictivos. En enero de 2008 se presentaron 30 casos. Solo los conocidos.
· La Fiscalía general calcula que cerca de 200.00 niños y niñas son violados cada año en Colombia. Solo en Bogotá se calculan por lo menos 5 violaciones diarias. Menos del 10% son denunciadas y menos del 5% terminan en condenas para los abusadores. Según el PNUD cada media hora 17 niños y niñas con abusados sexualmente en Colombia.
· Según reporta Medicina Legal en el 2007, de los 20.273 dictámenes de violencia sexual, 15.353, es decir el 85.7%, fueron menores de edad, siendo las niñas de 10 a 14 años las más afectadas con un 35.3% y entre los niños el rango de edad más efectuado fue el de 5 a 9 años con el 41.3%. Es urgente señalar la gravedad de estos delitos cuando en el 2007 se presentaron 290 abusos sexuales más en niños y niñas menores de 4 años que en el 2006.
· Según la Procuraduría más de 4000 niños y niñas son explotados sexualmente en Bogotá. El 95% de los niños y niñas que son explotados sexualmente fueron previamente violados. En la última década se detectó una tendencia creciente a la inducción de niños y niñas menores de 10 años a la explotación sexual comercial o mal llamada “prostitución infantil.”
Las anteriores cifras son alarmantes porque:
Las cifras mismas son en cientos y en miles.
Los cálculos de los delitos están muy por encima de las denuncias.
Las condenas son muy inferiores a los casos denunciados.
Entre las mismas entidades no coinciden las cifras.
La tendencia entre los años 2005 y 2008 es la misma, en cuanto a que las víctimas más frecuentes y vulnerables de violencia sexual son los niños y niñas menores de 14 años.De acuerdo a los registros del Instituto de Medicina Legal relacionados con los dictámenes sexólogos practicados en el periodo comprendido entre el años 2003 al 2006, estos se incrementaron en un 35%, lo cual claramente nos indica que este delito de lesa humanidad aumenta, debido muy posiblemente a la falta de denuncias a la inoperancia de los procedimientos penales, a las penas tan irrisorias de nuestra justicia penal, a la dificultad de acceder a la justicia, o lo más grave al silencio, la complicidad, la indolencia y la impunidad.
CONSIDERACIONES Y REFLEXIONES GENERALES
No obstante la contundencia de los casos relatados, que reiteramos deberían resultar suficiente ilustración, para incorporar en nuestro ordenamiento constitucional y legal el castigo de hasta prisión perpetua para castigar los delitos atroces descritos, se da cumplimiento a los requisitos que exigen la Constitución y la Ley, para convocar un Referendo que permita modificar el artículo 34 de la Constitución.
Una sociedad sana y productiva debe tratar a sus niñas y niños con amor y respeto. Es crucial que invirtamos en los niños y niñas más que en cualquier grupo poblacional, porque su felicidad por sí misma, permitirá resolver muchos de los problemas que nos aquejan y producirá el país que anhelamos. Toda sociedad independiente de su modelo político, económico y jurídico que se precie de ser civilizada, justa, igualitaria y moralmente correcta debe convertir a sus niños en su más importante capital social. La protección de sus derechos debe ser prioritaria y los niños y niñas los únicos privilegiados.
Querer, proteger, cuidar y garantizar los derechos fundamentales de los niños y niñas, más allá de ser obligación legal y un discurso bien intencionado, se constituye en un imperativo ético y moral para todos y cada uno de los mi9embros de una sociedad y para las instituciones que integran el Estado tanto públicas, como privadas. No obstante en Bogotá durante décadas, cientos de miles de niños y niñas han sido víctimas indefensas de los peores tratos degradantes e inhumanos, la inmensa mayoría en silencio e impunidad, que atentan de manera clara contra sus más elementales derechos los cuales paradójicamente están reconocidos por el ordenamiento jurídico, como son: E l derecho a la vida. El derecho a la integridad personal. El derecho a la igualdad. El derecho a la libertad. El derecho a la salud física y mental. El derecho al libre desarrollo de la personalidad. El derecho a la intimidad. El derecho al cuidado y al amor por parte de las familias, de la sociedad y del Estado.
Por lo expuesto, es vital que el Estado y la sociedad inviertan todos sus esfuerzos económicos, políticos y jurídicos en la obligación de crear un medio social sano desde todo punto vista, que garantice el desarrollo armónico e integral de nuestros niños y niñas, así como el pleno ejercicio y goce de sus derechos. Un Estado donde las decisiones que como sociedad tomemos lleven siempre un mensaje claro y contundente de cero tolerancia frente a la violación de derechos y con especial cuidado frente a los delitos que se cometen contra nuestros niños y niñas.
Desafortunadas circunstancias como la laxitud y complejidad legal, y la debilidad de nuestro sistema penal, la inoperancia de las instituciones responsables de la protección de os derechos de los niños, la doble moral, la permisividad social e institucional generalizadas en todo nuestro territorio, la falta de una política pública de planificación familiar, son entre otras, algunas de las causas para que la violación de los derechos de los niños sean una constante en nuestro país. Esto refleja en las cifras realmente alarmantes respecto de las diversas formas de violación de los derechos de los niños.
El Instituto Nacional de Medicina Legal en el informe Especial sobre Violencia contra la Infancia publicado en el 2006 en las conclusiones dice: “Al analizar la situación se obliga a pensar en qué tipo de sociedad ésta creciendo la infancia y cómo esta situación de violencia marca un futuro difícil para el país y retrasa su desarrollo.”
Por lo anterior, desde el año 2006 un grupo de congresistas en uso a los derechos consagrados en los artículos 375 de la Constitución Política y 221 de Ley 5 de 1992, presentaron a consideración del Congreso de la República el Proyecto de Acto legislativo No. 034 de 2006, “Por medio de cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”. La reforma constitucional propuesta tuvo y tiene como finalidades la protección de los derechos fundamentales de los niños y niñas y fue producto de una extensa y juiciosa investigación, que llevó a determinar con precisión el alto grado de vulnerabilidad de los derechos a la integridad física y moral de nuestros menores y la impunidad para castigar los delitos atroces que se cometen contra ellos Además la necesidad de crear un ordenamiento jurídico lo suficientemente fuerte, en la imposición de las sanciones y acorde con la gravedad que significa la violación de los derechos de los niños.
El julio de 2007 en un nuevo periodo legislativo, los mismos Congresistas seguros del terreno abonado en cuanto a la creación de conciencia y sensibilización a todos los sectores no solo de Bogotá sino también de la sociedad colombiana, respecto a la necesidad de establecer sanciones acordes con la gravedad de los delitos que se buscan castigas, insistieron en esa reforma constitucional, sometiéndola nuevamente a consideración del Congreso de la República, la convicción inequívoca que es altamente favorable para los intereses de la Nación y con la esperanza de que los legisladores le llevaran a buen término. No se logro la discusión de la propuesta.Entre tanto, en abril de 2007, se presento del concejo de Bogotá, el proyecto de Acuerdo No. 272, “Por medio del cual se crean los Muros de la infamia”. Que desarrolló el artículo 47 del Código de Infancia y Adolescencia. Con esta norma se buscó entre otros, romper el silencio que suele acompañar los episodios de la violencia sexual que se cometen contra los niños, prevenir esos delitos y restablecer los derechos de los menores que han sido víctimas. Vale la pena mencionar que este Acuerdo recibió el apoyo en todo el territorio nacional y llamó la atención de la comunidad internacional. El Acuerdo ha sido objeto de múltiples demandas, instauradas por los condenados por delitos sexuales cometidos contra menores de edad.
El Estado y la sociedad colombiana están muy lejos de cumplir de manera integral y eficaz el imperativo constitucional, social, moral y ético por el cual se está abogando con el Referendo Constitucional que estamos convocando, para lograr que efectivamente en el aspecto punitivo que los derechos fundamentales de los niños y niñas sean respetados y garantizados no solo en Bogotá sino en todo el territorio nacional.
Por esto, el señor Ex Fiscal General de la Nación, Doctor Mario Iguarán Arana; el señor ex Procurador General, Doctor Edgardo Maya Villazón; la directora del ICBF, Doctora Elvira Forero Hernández; el señor Rafael Santos del diario El Tiempo; el señor Rodrigo Pardo director de la revista Cambio; el periodista Guillermo Prieto Pirry, Concejales y Congresistas, se constituyeron en el Comité Promotor de un Referendo que permita modificar el artículo 34 ce la constitución Nacional.

INFORMACIÓN GENERAL DEL TRÁMITE.
Origen: Cámara de Representantes
Numero en Cámara: 009/2006, acumulado P.A.L 034/2006.
Fecha de Radicación: 20 de julio de 2006
Titulo: “Por el cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política.”
Autor: Honorables Representantes GUILLERMO ANTONIO SANTOS MARIN, PEDRO NELSON PARDO RODRIGUEZ, WILMER DAVID GONZALEZ BRITO, FABIO ARANGO TORRES, MANUEL ANTONIO CAREBILLA, SANDRA VELASQUEZ, JAIME YEPES, VENUS ALBEIRO SILVA, MUSA BESAILE FAYAD y otras firmas y el Honorable Senador MAURICIO JARAMILLO MARTINEZ.
Comisión: PRIMERA (I)
Estado Actual: RETIRADO ART. 155 LEY 5ª DE 1992, NOVIEMBRE 08 DE 2006, EN COMISION - ACTA 018.
“ARTÍCULO 155. RETIRO DE PROYECTOS. Un proyecto de ley podrá ser retirado por su autor, siempre que no se haya presentado ponencia para primer debate y sea de iniciativa congresional. En los demás eventos se requerirá la aceptación de la Comisión o Cámara respectiva.”
TRÁMITE EN CÁMARA DE REPRESENTATES.
Ponentes Primer Debate: Honorables Representantes David Luna, Rosmery Martínez, Karime Mota Y Morad, Jaime E. Durán, Gustavo Hernán Puentes.
Ponencia: Publicado en Gaceta 369 de 2006
Acta y Fecha de Comisión: Acta 18 de Noviembre 08 de 2006 Publicado en Gaceta 599 de 2006.

La Cadena Perpetua.
Francisco Cifuentes
La política penal colombiana ha tenido en los últimos años tantos cambios, tan abruptos y contradictorios, que mantener al día el Código vigente es una verdadera condena anticipada para el abogado litigante y una tarea agobiante para los jueces –responsables de la libertad de las personas– que deben conocer a la par de sus procesos, si la norma nueva "favorece" o aplica al acusado.
Muchas de las normas que “mejoran” el Código Penal, salen de cabezas recalentadas de personajes pantalleros que andan a la saga de las noticas espeluznantes del acontecer diario para lograr vitrina en los periódicos; otras, útiles solo para enmarcar, son aportes novedosos traídos por becarios con estudios en el exterior que trasplantan las normas exóticas aprendidas en las sociedades pálidas y decadentes conformadas por hombres débiles, dóciles e indefinidos que aquellos idealizan y reverencian, con soluciones que no tienen asidero en la realidad nacional. Y otras, no pocas, son incorporadas en la codificación por altos funcionarios que en su hedonismo quieren dejar huella en la historia judicial con normas de su propia cosecha. En el campo de Funciones de Policía en materia judicial hay también varios proyectos.
Las normas relativas a la protección de los menores son uno de los campos más movedizos, con flujos y reflujos que resaltan la carencia de una política central y de claridad sobre los fines del Estado y de la realidad social.

Los abusos sexuales a menores de edad, más frecuentes de lo que sería deseable en el grado de desarrollo actual de la sociedad colombiana, ha sido una de estas conductas donde los saltos de la codificación son más frecuentes y abruptos pero inútiles en cuanto a las estadísticas de reducción del delito.
El tope de la estupidez en materia de normas se lo lleva el proyecto de referendo, liderado por la concejala de Bogotá Gilma Jiménez, (la misma responsable de los derrumbados muros de la infamia) que pretende reformar la Constitución para imponer la pena de cadena perpetua a los violadores de menores. No le parece suficiente que las condenas puedan llegar 60 años según la legislación vigente.
Actualmente el artículo 34 de la Constitución señala: “Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación”
El referendo propuesto busca la reforma del artículo 34 de la Constitución Política, con el fin de permitir que se castigue hasta con prisión perpetua a quien cometa delitos como homicidio, violación y explotación sexual, maltrato severo y secuestro, contra niños o niñas menores de 14 años, o contra menores de edad en situación de discapacidad.